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jueves, 10 de octubre de 2013

¿CURADORES Ó DEPREDADORES?

“La voracidad financiera que se ha visto en las actuaciones de algunos curadores, y las interpretaciones que también algunos curadores les han venido dando a los Planes de Ordenamiento Territorial, ha llevado a que por ejemplo, una sola Curaduría de Bogotá tenga cerca de doce investigaciones directa de la procuraduría.”

Este fue el señalamiento efectuado por el Representante a la cámara  Oscar Darío Pérez Pineda, en el foro Nacional de Curadores realizado en Rionegro  en el año 2005, explicando las razones fundamentales que dieron pie a la discusión del proyecto de Ley  082 C-2005 que buscaba eliminar con tan solo tres artículos, la figura de las Curadurías urbanas en todo el país. Proyecto de Ley desarrollado por el Representante a la Cámara Ramón Elejalde Arbeláez, que no contó con la aprobación de la plenaria del Congreso, pero que genero posiciones conceptuales en contra y a favor hacia las Curadurías urbanas.

La cámara de comercio de Bogotá en Abril de 2006 comprometida con el mejoramiento del entorno, la calidad de vida y el desarrollo empresarial de la Ciudad capital y su región, realiza el foro “El Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá” proponiendo cuatro ejes de debates como: La reglamentación del POT, El papel de las Curadurías en el Desarrollo de la Ciudad, Permisos de funcionamientos para establecimientos de comercio y los Estacionamientos más las áreas de cargue y descargue de la Ciudad.

En estos eventos – debates  realizado en estas dos ciudades colombiana, se escucharon diversas razones de apoyo y rechazo hacia las Curadurías urbanas como las publicadas en los diarios de la ciudad de Bogotá,  Rionegro y otros medios escritos nacionales, que dieron un despliegue de la misma en sus páginas principales, destacando los comentarios más agudos y certeros en razón de mejorar la figura del Curador urbano.

Eduardo Jaramillo Robledo, presidente de la cámara Colombiana de la Construcción de ese entonces, manifestaba en el foro señalado anteriormente: “el borrador del proyecto de ley que se discute en la plenaria del Congreso, avanza en el control de la acción de los Curadores, porque hasta ahora ha quedado la percepción de que no tienen ni Dios ni ley”.
El Diario el Colombiano comentaba sobre el foro “El gobierno defendió la figura de los curadores y anunció una serie de medidas orientadas a establecer un mayor control sobre sus funciones e incluso fortalecerlas”…

Miguel Ángel Morales, Contralor auxiliar Distrital de Bogotá, se preguntaba ¿Por qué proliferan moteles en zonas residenciales con el beneplácito de los curadores y en contra de la voluntad de la comunidad? ¿Por qué un curador otorga una licencia que otro ha negado? ” “¿Por qué en unas curadurías prolifera la expedición de licencias y en otras no”?

Carmenza Saldías, Ex Directora de Planeación Distrital fue más suspicaz y lacerante en su comentario  “Si se confunde la labor de los Curadores urbanos con la venta de licencia, estaríamos corriendo el riesgo de tener mercenarios de las curadurías que pueden corromper el espíritu de la figura”.

El periódico el Universal resume en su portada: A través de la resolución 2316, el alcalde encargado de Cartagena, Bruce Mac Máster, resuelve “reponer el acto administrativo, resultados totales del concurso de méritos”, para la designación de los curadores urbanos 1 y 2, y revocarlo en su totalidad.

El Portal web Barrancabermeja Virtual reseña: “El abogado Barranqueño, Álvaro Rueda, se dirigirá a la Fiscalía General de la Nación para demandar penalmente al Alcalde, Elkin Bueno Altahona y quienes resulten comprometido por la forma como se ha venido desarrollando la escogencia del nuevo Curador Municipal de Barrancabermeja”

De igual forma el País Vallenato.com pública en su portal “A esta hora se hacen en Valledupar los cuestionamiento de por qué en la ciudad solo existen dos Curadores Urbanos desde hace más de diez años. Una de estas figuras mantiene en líos al Alcalde, ante la Procuraduría. El Arquitecto Iván Miguel Zuleta Fuentes debió ser posesionado en propiedad en el cargo de Curador número dos ó por el contrario darle vía a quien lo sucediera. Por más de tres años figura como encargado”.

El diario Vanguardia Liberal nos informa: “Debido a los cuestionamientos en los que se ha visto envuelto el actual concurso para definir los titulares de las Curadurías 1 y 2 de la ciudad, ya fueron radicadas en la Alcaldía de Bucaramanga dos solicitudes que buscan que la secretaría de Planeación revoque el concurso”…

El periódico el Tiempo manifiesta en sus páginas internas: “El contralor del Distrito Capital, Miguel Ángel Moralesrussi, cuestionó la idoneidad de los curadores urbanos de Bogotá y le pidió al Distrito fijar la atención en la selección del sucesor del curador número 5, Mariano Pinilla, a quien este año se le vence el período.

El inconformismo  expuesto anteriormente, de los ciudadanos del común, Los diarios, las universidades y los Gremios de Profesionales en todas sus disciplinas, fueron derivados de las actuaciones públicas de los Curadores en su designación y sus actos administrativos en el País, han dado pie a los cuestionamientos que ponen en riesgo la figura creada por la ley 388 del 97 y sus Decretos reglamentarios. Es así como en el Distrito Capital, Barrancabermeja, Valledupar, Montería y otras ciudades intermedias se pronuncian sobre los concursos realizados para la designación de algunos curadores, y las demandas en sus procesos de escogencia. En Cartagena y Barranquilla los concursos fueron declarados desiertos y están en mora de abrir nuevas convocatorias.

Parece un común denominador  las polémicas jurídicas y no jurídicas que genera esto de las convocatorias públicas y de los comportamientos poco idóneos de las Curadurías urbanas del País, Soledad no es la excepción  en estos cuestionamientos realizados a nivel nacional, también ha recibido por parte de la ciudadanía, los periodistas, los Profesionales de la Arquitectura y la Ingeniería más el concejo de la ciudad, su dosis mínima de reproche y garrote,  tanto en las actuaciones administrativas  emitidas  de los Curadores, como en su proceso de selección y escogencia por parte de los Alcaldes de turno.

Se realizo recientemente en nuestra ciudad, un concurso poco transparente,  donde los pliegos de la convocatoria nunca aparecieron en los portales web, tanto de la Alcaldía de Soledad, como en el de la corporación Ideas, este último fue el ente encargado por parte de la administración central, para liderar el concurso público que tenía como objetivo la designación de los curadores  como debería ser, respetando la metodología establecida en los Decretos respectivos, colgando en el link de las noticias de informaciones recientes del ente administrativo, las bases de la convocatoria en forma visible y rápida para la orientación respectiva, lo cual no fue precisamente lo que se realizó,  me enteré a través de un asesor jurídico de la Alcaldía, que los pliegos fueron colgados en el link donde aparece la normatividad de la Alcaldía, despintando así a los interesados en participar en la convocatoria pública, cuya participación fue pobre, tres Arquitectos únicamente, fueron los que se inscribieron de un total de aproximadamente 60.000 profesionales en este ramo en el ámbito nacional, sin contar con  los Ingenieros y a los especialista en planificación urbana y regional que en cifras aproximadas pasarían los 100.000 profesionales aptos para concursar. Intuyo que no encontraron como la mayoría de los Arquitectos residenciados en la ciudad, las bases del concurso, o no les intereso la convocatoria, creo que el miedo como bien lo manifestó alguien osadamente dentro de la administración central, no fue obstáculo para no participar, fue el temor de los otros precisamente y queda develado por lo acontecido en la web,  de hecho no quiero ser suspicaz en mis comentarios, pero ¿Cómo se entiende que los únicos que le hicieron observaciones y sugerencia a los pre pliegos fueron los dos curadores actuales como consta en una resolución de aclaración emitida por la Secretaria de Planeación Municipal?

En diálogo directo con algunos miembros de la Asociación de Profesionales de la Arquitectura e ingeniería (PAIS) me formulaban los siguientes interrogantes:

¿Por qué sí el estatuto urbano del Municipio de Soledad define muy bien el uso del suelo para las funerarias y salas de velación, estaciones de policía, poder Judicial, cámara de comercio etc, en zonas institucionales de cobertura urbanística general (G-3), cual es la razón para que todos estos cuerpos privados e institucionales señalados, los encontremos construidos fuera del uso clasificado en el Plano de usos del suelo E.U1 del POT, contraviniendo la norma?
Si bien las estaciones de servicio deberán ubicarse únicamente en eje Múltiple (M4) ¿Por qué las curadurías se amparan en una resolución de Planeación Municipal que facultad su ubicación en un eje  Múltiple (M2), cuando no existe un acuerdo Municipal de cambio de uso del suelo  que le de sustento y visos de legalidad a la resolución emanada?

¿Dónde están las áreas de cesión externa que exige la norma (50%) de las internas, de las urbanizaciones cerradas que se están construyendo en la Ciudad?

¿Por qué se expide una licencia para una sede administrativa de una empresa de transporte de servicio puerta a puerta, en un separador vial y frente a una torre de alta tensión no conservando los retiros exigidos en la norma, ubicada en la intercepción de la calle 30 con circunvalar?

¿Por qué ningún Alcalde de elección popular a partir del 2.003 ha implementado y conformado las comisiones de veedurías a las curadurías como instancia de control social, incumpliendo con la Ley 810 de 2.003 y los Decretos reglamentarios 564 de 2006 y 1469 de 2010 de la Ley 388 de 1.997?

 Otro aspecto inaudito que deja mucho que desear en el cumplimiento de la norma es lo que nos muestran las oficinas administrativas de las curadurías en su ubicación,  Hoy vemos que el primer transgresor de la norma, son los guardianes de la norma precisamente, léase curadores. Las sedes de la Curadurías en la ciudad, desde su funcionamiento y operación han violentado el uso específico del suelo, la una se encuentra recientemente en un eje Múltiple (M2) y la otra en una zona residencial (R-2), cuando lo que  determina la norma contemplada en el estatuto urbano, en un uso Institucional de cobertura urbanística zonal (G-2). Cabe preguntarse… ¿Quién manda a quién? ó ¿quién obedece a quién?

Estos y muchos otros interrogantes se me plantearon en el conversatorio por parte de los profesionales de la Arquitectura e Ingeniería de Soledad, que por cuestiones de espacio en el periódico, nos impide su publicación, pero que tienen un contenido acertado que les hace meritorio de una respuesta por parte del EDUMAS como instancia del control urbano de la ciudad y la Secretaría de Planeación Municipal como línea jerárquica en la Planeación de la ciudad

Creo  que el mejor argumento de apreciación, el cual comparto enteramente, que define la importancia de las curadurías para las ciudades Colombianas, nos las da Luis Fernando Dapena, Director Escuela del Hábitat de la Universidad Nacional cuando manifiesta:
“La figura de los curadores fue una medida muy sana para la ciudad, porque desde entonces la oficina de Planeación se dedicó a planear y no tramitar licencias de construcción. Comenzó a pensar la ciudad.

Por esa razón, recae sobre los curadores una responsabilidad ética de construir la ciudad de acuerdo a las normativas de la ciudad. Evitar caer en fallas de procedimiento por corrupción o por evitar pasos que hacen parte de las exigencias  El curador debe ser muy sensible a esos nortes que se están fijando,  porque no estamos diseñando una ciudad que va a durar 15 años, sino muchos años. En ese ejercicio, la municipalidad les debe dar una mano, siendo más claros con las normativas que emana desde su conocimiento. No se puede olvidar que el curador es un ente privado que ejerce funciones públicas, por lo que muchas veces puede caer en limbos jurídicos que finalmente perjudican la ciudad”

Finalmente creo, que las curadurías no deben desaparecer  por el alto cuestionamiento a que están siendo sometidas en el País, lo que debe desaparecer es la figura del curador como persona particular custodiando la norma, por el alto grado de quejas y demandas que se están presentando en el País en el incumplimiento supuesto de sus funciones públicas otorgadas.  Precisamente la Asociación PAIS,  la Sociedad Colombiana de Arquitectos, Regional Atlántico, y el  Capitulo Oriente de la misma,  estamos en dialogo para la elaboración de un borrador de proyecto de Ley, dónde se le concedan todas esas funciones públicas estipuladas en la Ley , a las Corporaciones Gremiales de reconocida trayectoria en el País, como la Sociedad Colombiana de Arquitectos y la Sociedad Colombiana de Ingenieros con más de 70 años en el escenario nacional como entes consultores obligados del Estado, o en su defecto a las Universidades públicas que imparten conocimiento en el plano Nacional, ya que poseen la infraestructura y la interdisciplinariedad ideal que exige la norma  y no las fachadas de garaje y papel, como la presentan la mayoría de las curadurías en el País.


Proyecto de Ley que debe plantear en su objeto central, que el 100% de las expensas obtenidas por estas corporaciones y Universidades sin ánimo de lucro, se inviertan en estudios de desarrollo urbano, ambiental y cultura ciudadana  en el entorno que les facilita la consecución de los recursos, para asegurar la planeación y la  sostenibilidad de la Ciudad y encaminarnos en esta lucha fratricida de la globalización, por preservar y conquistar finalmente la vida y su calidad en concordancia con la naturaleza. Lo que no está pasando actualmente con los particulares que ejercen las funciones públicas asignadas en todas  las curadurías respectivas y sus expensas correspondientes, heredando de ellos solo los diversos problemas urbanos y ambientales que han provocado desde su nacimiento hasta el día de hoy, siendo inferiores en la salvaguarda de las normas contenidas en sus Estatutos Urbanos vigentes.   

1 comentario:

  1. magnifico análisis, ojalá un padre de la patria se interesara en esto, pero no sucederá porque el diseno de la figura de curador en la actual legislación persigue otros objetivos y parece que estan revestidos de inmunidad para transgredir las leyes y la constitucion. tienen suficiente po-der economico para comprar jueces, fiscales, procuradores, manejar alcaldes por l haberles financiados sus campanas y mandar a matar a cualquiera que se atreva a denunciarlos. Arquitecto, qué importa la Ciudad y su Urbanismo, déjese de ser romantico, más bien disene en su imaginario una cciudadvirtual y móntela para recreacion de los cibernautas

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