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martes, 1 de abril de 2014

Conversando la ciudad con "Voz Urbana" II

1 comentario:

  1. La Ley 617-2010 Articulo 6 Parágrafo 5,clasifican los Municipios por Población y los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.Estos dos(2)factores han sido determinantes para ser elevada Soledad de Colombia a categoría 1°,la cual ha servido para aumentarse los sueldos,sin implantar la Reorganización Municipal correspondiente de crear: 1°- Secretaria de Movilidad por el IMITRASOL,2°-Infraestructura por Obras Publicas,3°-Medio Ambiente y adscriba al EDUMAS en su control,4°-Secretaria de Cultura&Deporte y adscriba las dos(2) ruedas sueltas de Cultura&Deporte,5°-Secretaria de Gobierno del Interior y Participación Ciudadana actualizada conforme al Decreto 4530 de Novb.28-2008. En la Secretaria de Movilidad aplicar el Decreto 178 de Enero 27-2012,que ordena la sustitución de los Vehículos de Tracción Animal por vehículos debidamente homologados para carga.

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